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En Aragón se otorga a una divorciada la custodia en exclusiva por voluntad de su hijo

La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha ratificado la sentencia por la que la Audiencia de Zaragoza otorgó a una mujer la custodia de un hijo después de que un juzgado de Primera Instancia hubiera establecido un régimen compartido.

La resolución recuerda que la ley aragonesa obliga a aplicar la custodia compartida salvo que la individual resulte más beneficiosa para los hijos o los padres no estén capacitados para aplicar el régimen general. En este caso, la psicóloga y la trabajadora social rechazaron aplicar la figura general «por la falta de entendimiento y colaboración entre ambos progenitores». Y el niño, de nueve años, prefiere estar con su madre.

También destacaron que el niño, ante el enfrentamiento de sus padres, ha «desarrollado determinadas estrategias para contentar a los dos, evitando incluso encuentros entre ambos para sustraerlos de conflictos y disputas». Y recomendaron al padre que se pusiera en tratamiento ante la «inestabilidad, malestar emocional y elevada ansiedad» que presentaba.

Por otro lado, el TSJA ha otorgado a un matrimonio divorciado la custodia compartida de su hijo por periodos de dos semanas. Un juzgado y la Audiencia de Teruel se la habían concedido en exclusiva a la madre, aunque, en ambos casos, sin recoger «circunstancia alguna, concurrente en el padre, que permita apreciar inidoneidad» para «obviar el criterio preferente de la ley».

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