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Hombre no delinquió al difundir por e-mail datos de la demanda de divorcio de su ex

La Audiencia Provincial de Castellón confirma que el hombre que fue demandado por su ex acusándole de revelación de secretos y de calumnia e injurias no delinquió.

En el contexto del divorcio son conocidas múltiples sentencias que protegen a una de las partes ante comportamientos ofensivos de su ex cónyuge tras el divorcio, en forma de acciones o mensajes que dañan la privacidad o la integridad de la persona objeto de ellos.

Sin embargo, en el caso de un hombre de Castellón, la sección primera de la Audiencia Provincial de dicha localidad no ha dado la razón a la demandante y supuesta víctima. Por el contrario, ha ratificado el sobreseimiento de la causa contra el hombre que envió por correo electrónico a varios de sus amigos documentación referente a la demanda de divorcio presentada por su exmujer por considerar que no contenía “datos de carácter personal o familiar que no puedan trascender fuera de la privacidad”.

De este modo, la Audiencia confirma un auto anterior dictado por la titular del juzgado de instrucción número 4 de Castellón que ordenaba continuar la investigación sobre un presunto delito de quebrantamiento de condena pero archivaba los delitos de revelación de secretos y de calumnia e injurias que la mujer pretendía que se imputaran a su antiguo esposo y a una amiga de éste.

De acuerdo con Europapress, el auto rechaza la pretensión de la mujer de imputar a su exmarido el delito de descubrimiento y revelación de secretos por enviar a algunos de sus amigos, vía correo electrónico, la contestación a la demanda y demanda reconvencional que la denunciante presentó en un juzgado de violencia de género. Para el órgano judicial, el envío de dichos datos, “con la clara intención de significar a sus amigos el interés económico mostrado (por la mujer) en el proceso no es ni puede revestir los caracteres de delitos (…) porque, en primer lugar, los hechos contenidos no contienen datos de carácter personal o familiar que no puedan trascender fuera de la privacidad”.

Asimismo, “estos datos no se encuentran recogidos en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, o en cualquier otro tipo de archivo o registro público, como exige el tipo penal citado”.

En tercer lugar, se argumenta que “no se atisba en la conducta denunciada esa actuación de perjuicio de tercero exigida por el artículo 197.2 del Código Penal, pues no se produce el desvelamiento de un dato personal o familiar propio del ámbito de la intimidad más estricta recogido en un fichero”. En este punto, la Audiencia cree que la demandante “olvida el principio constitucional de la publicidad de procesos, no solo de las sentencias, y que el secreto de las actuaciones solo está previsto, como excepción legal, en la fase de instrucción del proceso penal, no para el proceso civil”.

Por otra parte, dictamina que el hombre tampoco incurrió en un delito de calumnia cuando remitió “privadamente a varios de sus amigos” un correo electrónico en el que se hablaba de “las denuncias falsas por maltrato” y decía sentirse “identificado”. La Audiencia señala que en el e-mail “no se hace referencia alguna” a su exmujer “por lo que no se puede convenir que el hombre hiciera una imputación directa a la misma”. “Pero es que además –prosigue– ni dichas palabras contiene expresiones o acciones ofensivas o que lesionen la dignidad de otra persona ni, finalmente, puede deducirse de ellas, como erróneamente sostiene la recurrente, que dicha expresión equivalga a decir que la denuncia que presentó en su día fuera falsa”.

Finalmente, se rechaza también la petición de la mujer de que se acuse de injurias a una amiga del hombre por una conversación privada que mantuvo en Facebook. Para la Audiencia castellonense, “basta la lectura de la transcripción aportada para convenir que no se encuentran en la misma ni expresiones ofensivas ni afectantes al honor” de la mujer, “so pena de convertir en delito cualquier comentario o conversación privada entre terceros donde se manifiesten las discrepancias hacia otra persona distinta”.

http://www.feriadeldivorcio.com/2012/05/03/hombre-no-delinquio-al-difundir-por-e-mail-datos-de-la-demanda-de-divorcio-de-su-ex/

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