En caso de divorcio
Poner fin a una relación afectiva es duro y no siempre se puede evitar ni prepararse para este sufrimiento emocional. Pero el divorcio también puede causar un sufrimiento económico igualmente devastador. Hay que tomar decisiones difíciles como dividir y repartir los bienes, las cuentas, los ahorros y las deudas, y siempre es más costoso mantener dos viviendas separadas y tener que afrontar los gastos de luz, teléfono, hipoteca o alquiler.
El divorcio siempre será menos gravoso y con menos trámites si se hace de mutuo acuerdo entre los cónyuges que si es por vía judicial. En caso de divorcio contencioso, cada cónyuge ha de tener su propio abogado y procurador y los gastos legales de un proceso alargado pueden dispararse. Si es de mutuo acuerdo, también hace falta un abogado y procurador, pero estos pueden ser compartidos entre los dos y el proceso es mucho más corto.
El reparto de bienes dependerá en gran parte del régimen económico del matrimonio, que ya hemos comentado. Se detalla este reparto, junto con otras condiciones como la custodia de los hijos y otros acuerdos en un contrato denominado convenio regulador.
La adjudicación y/o utilización de la vivienda habitual dependerá de varios factores: si se trata de un bien privativo o ganancial, si hay hijos menores, si está pagada o hipotecada, y si hay acuerdo entre los cónyuges.
Normalmente, uno de los cónyuges tiene que abandonar la vivienda. En ocasiones ambos mantienen la propiedad y se reparten el coste de la hipoteca (con su correspondiente derecho a deducción), aunque sólo uno tiene derecho a vivir en la casa.
El divorcio será más fácil y menos costoso si se hace de mutuo acuerdo.
En otros casos, siempre que la vivienda sea un bien ganancial, uno de los cónyuges compra el 50% propiedad del consorte, cambiando la titularidad en el Registro. Si ninguno de los dos tiene posibilidad de comprar la parte proporcional del otro puede ser necesario vender la casa, con o sin hipoteca, y repartir el dinero de la venta.
Hay que tener en cuenta que, incluso cuando la vivienda sea privativa de un cónyuge, el juez podría adjudicar su utilización al otro si este último tiene custodia de los hijos o si se considera que necesita de mayor protección económica. No obstante, la vivienda seguiría siendo propiedad del primero.
Para paliar los efectos económicos de un divorcio, la ley en España normalmente obliga al cónyuge que pierde la custodia de los hijos a pagar una pensión alimenticia y a veces una pensión compensatoria al otro.
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