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Mujer marroquí divorciada en España no tiene que devolver la dote

El juez exime de devolver la dote a una marroquí divorciada en Cáceres, tras estudiar la legislación marroquí y adoptar la legislación española.

Jueces y abogados de Cáceres tuvieron que estudiar profundamente la legislación marroquí sobre divorcio, dado que una pareja de origen y nacionalidad marroquí y casada en su país, decidió divorciarse en Cáceres, en cuya provincia residen.

Según Hoy Digital, el caso fue planteado en un principio en el Juzgado número 6 de Cáceres. Ambos miembros de la pareja habían decidido romper su matrimonio, pero él exigía que ella le entregara al divorciarse los 20.000 dirhams que pagó cuando se casaron en concepto de dote. Ella quería el divorcio sin tener que darle cantidad alguna. En diciembre del año pasado el Juzgado dictó sentencia: Acordaba la disolución del matrimonio sin tener que devolver la mujer el dinero de la dote, los 20.000 dirhams, que al cambio son unos 2.000 euros.

En este caso que exigía la consideración tanto del derecho marroquí como del español, el tribunal adoptó la legislación española, al considerar que los dos residen en este país, y que el artículo 107 del Código Civil indica que en casos como este se aplica la ley española cuando uno de los cónyuges sea español o resida habitualmente en España, si las leyes de su país no reconocen la separación o el divorcio o lo hiciera de forma discriminatoria. Además, el Juzgado señala que es distinta la situación legal y social de la mujer en Marruecos en comparación con nuestro país.

http://www.feriadeldivorcio.com/2012/07/23/mujer-marroqui-divorciada-en-espana-no-tiene-que-devolver-la-dote/

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