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Divorcio por culpa de Twitter

Una mujer saudí podría estar al borde del divorcio por culpa de tener una cuenta en la popular red social Twitter.

De acuerdo con Arabian Business, una mujer saudí podría estar a punto de divorciarse, después de que su marido se hubiese enterado de que ella tenía una cuenta de Twitter y que no le ha había dicho nada. Tras este descubrimiento, el marido, de unos treinta años de edad. habría pedido a su esposa que diera de baja su cuenta, pero ella se habría negado a ello, motivo por el cual él habría decidido divorciarse de la mujer.

Según parece, después de este suceso, la mujer habría regresado a casa de sus padres y el hombre habría intentado una reconciliación, ofreciendo pagar para que ella cancelase su cuenta de la red social, pero la mujer dice insistir en mantenerla. Mientras tanto, dicen que continúan haciendo esfuerzos para que la pareja se reconcilie, entre los cuales se encuentra, según afirma el diario, que el marido pago el doble de lo que inicialmente ofreció.

http://www.feriadeldivorcio.com/2013/01/03/divorcio-por-culpa-de-twitter/

Dos años de cárcel por quemar la casa de su exmujer tras el divorcio

El hombre fue acusado de prender fuego a la vivienda conyugal tras recibir la demanda de divorcio de su mujer.

Al acusado, que ha reconocido que prendió fuego a la vivienda conyugal “en un momento de ansiedad” y sin intención de hacer daño, la Fiscalía de Granada le redujo la pena de doce a dos años de cárcel, tras un acuerdo entre las partes. La Fiscalía, la acusación y la defensa llegaron a un acuerdo, por el que además convinieron la indemnización a la mujer por un importe de 16.940 euros equivalentes a los daños ocasionados en la vivienda, el pago de las costas del proceso judicial y la prohibición de acercarse a su ex pareja ni comunicarse con ella durante cinco años, según informa Ideal.

Los hechos ocurrieron en Granada, España, en marzo de 2010 cuando el acusado, J.A.P.R., respondió a la demanda de divorcio de su mujer, con la que llevaba casado 17 años, con amenazas y expresiones intimidatorias, entre las que destacaron improperios como “gracias a mi hermano no estamos tú y yo en el cementerio” o “voy a prender fuego a la casa”. Según consta en el escrito de Fiscalía, pasadas las nueve de la noche del mismo día de las amenazas, el acusado decidió consumarlas y aprovechó un momento en el que no había nadie en la vivienda, ya que su mujer había ido a casa de la vecina, y prendió fuego al sofá del domicilio conyugal. Las llamas se propagaron con rapidez por la habitación, momento en que el acusado abandonó la vivienda, mientras que el fuego alertó a los vecinos, que pidieron auxilio a los Bomberos, los cuales sofocaron el incendio.

http://www.feriadeldivorcio.com/2012/05/09/dos-anos-de-carcel-por-quemar-la-casa-de-su-exmujer-tras-el-divorcio/

El colegio – Campo de batalla para progenitores separados o divorciados

El ámbito escolar es uno de los espacios que generan gran número de conflictos entre los progenitores separados o divorciados, o que es utilizado por algunos para librar otra batalla más.

Una parte de las parejas con hijos que se separan o divorcian y están en conflicto, según afirman tanto representantes de los centros escolares como del ámbito judicial, terminan lidiando una batalla en el ámbito escolar. Esta situación ha generado que los incidentes derivados de familias rotas se hayan multiplicado en los centros escolares de Asturias, según afirma Ángel Luis Campo, juez titular de uno de los dos Juzgados de Familia que hay en Gijón; y uno de los expertos que, de acuerdo a La Nueva España (LNE), colaboraron con la Inspección educativa en el análisis y abordaje de algunos de los problemas que, cada vez más, se están dando en los centros educativos y que tienen que ver con las decisiones y las disputas que afectan a hijos de parejas rotas.

Fruto de la constancia de dichos conflictos en el ámbito escolar nació el documento «Orientaciones para una correcta actuación de los centros educativos en relación con los alumnos de padres separados, divorciados o sin vínculo matrimonial». En la introducción de dicho documento se recoge, de acuerdo con la misma fuente, que «uno de los conflictos que viven los centros educativos de Infantil, Primaria o Secundaria, públicos o privados, y en ellos, sobre todo, los directores, es el que proviene de matrimonios o parejas disueltos que trasladan a este campo de batalla sus disputas respecto a la educación de los hijos. En ocasiones la pretensión de uno de los padres es simplemente poder ejercer sus derechos y deberes en relación con sus hijos; en otras, en cambio, se esconden otro tipo de objetivos, como puede ser la utilización de determinada información en la pugna legal que mantienen con el otro cónyuge o pareja o para obtener una disminución de la pensión alimenticia».

Sin embargo, y a pesar de las experiencias que se relatan tanto por los centros educativos, como por las entidades judiciales, y también por los propios progenitores afectados, parece ser que Educación no ve clara la necesidad del protocolo para hijos de familias rotas y Ana González, consejera socialista del Gobierno del Principado, habría afirmado que «no hay que crear un problema de lo que no es, ni convertir situaciones puntuales que pudieren darse en la regla general». Y parece ser que dichas declaraciones no están libres de polémica. El motivo es que, si bien los directores de centros educativos han expresado su necesidad de contar con instrucciones u orientaciones para una correcta actuación en situaciones de disputa de estas características, parece ser, según informa LNE, que a pesar de contar con un texto ya elaborado para tal fin, dicho documento “no ha llegado a los centros educativos asturianos porque el cambio político en el gobierno regional frenó la iniciativa”.

http://www.feriadeldivorcio.com/2012/12/02/el-colegio-campo-de-batalla-para-progenitores-separados-o-divorciados/

Hombre no delinquió al difundir por e-mail datos de la demanda de divorcio de su ex

La Audiencia Provincial de Castellón confirma que el hombre que fue demandado por su ex acusándole de revelación de secretos y de calumnia e injurias no delinquió.

En el contexto del divorcio son conocidas múltiples sentencias que protegen a una de las partes ante comportamientos ofensivos de su ex cónyuge tras el divorcio, en forma de acciones o mensajes que dañan la privacidad o la integridad de la persona objeto de ellos.

Sin embargo, en el caso de un hombre de Castellón, la sección primera de la Audiencia Provincial de dicha localidad no ha dado la razón a la demandante y supuesta víctima. Por el contrario, ha ratificado el sobreseimiento de la causa contra el hombre que envió por correo electrónico a varios de sus amigos documentación referente a la demanda de divorcio presentada por su exmujer por considerar que no contenía “datos de carácter personal o familiar que no puedan trascender fuera de la privacidad”.

De este modo, la Audiencia confirma un auto anterior dictado por la titular del juzgado de instrucción número 4 de Castellón que ordenaba continuar la investigación sobre un presunto delito de quebrantamiento de condena pero archivaba los delitos de revelación de secretos y de calumnia e injurias que la mujer pretendía que se imputaran a su antiguo esposo y a una amiga de éste.

De acuerdo con Europapress, el auto rechaza la pretensión de la mujer de imputar a su exmarido el delito de descubrimiento y revelación de secretos por enviar a algunos de sus amigos, vía correo electrónico, la contestación a la demanda y demanda reconvencional que la denunciante presentó en un juzgado de violencia de género. Para el órgano judicial, el envío de dichos datos, “con la clara intención de significar a sus amigos el interés económico mostrado (por la mujer) en el proceso no es ni puede revestir los caracteres de delitos (…) porque, en primer lugar, los hechos contenidos no contienen datos de carácter personal o familiar que no puedan trascender fuera de la privacidad”.

Asimismo, “estos datos no se encuentran recogidos en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, o en cualquier otro tipo de archivo o registro público, como exige el tipo penal citado”.

En tercer lugar, se argumenta que “no se atisba en la conducta denunciada esa actuación de perjuicio de tercero exigida por el artículo 197.2 del Código Penal, pues no se produce el desvelamiento de un dato personal o familiar propio del ámbito de la intimidad más estricta recogido en un fichero”. En este punto, la Audiencia cree que la demandante “olvida el principio constitucional de la publicidad de procesos, no solo de las sentencias, y que el secreto de las actuaciones solo está previsto, como excepción legal, en la fase de instrucción del proceso penal, no para el proceso civil”.

Por otra parte, dictamina que el hombre tampoco incurrió en un delito de calumnia cuando remitió “privadamente a varios de sus amigos” un correo electrónico en el que se hablaba de “las denuncias falsas por maltrato” y decía sentirse “identificado”. La Audiencia señala que en el e-mail “no se hace referencia alguna” a su exmujer “por lo que no se puede convenir que el hombre hiciera una imputación directa a la misma”. “Pero es que además –prosigue– ni dichas palabras contiene expresiones o acciones ofensivas o que lesionen la dignidad de otra persona ni, finalmente, puede deducirse de ellas, como erróneamente sostiene la recurrente, que dicha expresión equivalga a decir que la denuncia que presentó en su día fuera falsa”.

Finalmente, se rechaza también la petición de la mujer de que se acuse de injurias a una amiga del hombre por una conversación privada que mantuvo en Facebook. Para la Audiencia castellonense, “basta la lectura de la transcripción aportada para convenir que no se encuentran en la misma ni expresiones ofensivas ni afectantes al honor” de la mujer, “so pena de convertir en delito cualquier comentario o conversación privada entre terceros donde se manifiesten las discrepancias hacia otra persona distinta”.

http://www.feriadeldivorcio.com/2012/05/03/hombre-no-delinquio-al-difundir-por-e-mail-datos-de-la-demanda-de-divorcio-de-su-ex/

Seis consejos para superar un divorcio

Todo cambio en nuestra vida, como el divorcio, viene acompañado de un proceso de duelo para asimilar la pérdida de lo viejo y para abrirse a aceptar lo nuevo.

Es habitual que, tras una separación o divorcio, las personas transiten por todo un intenso camino emocional hasta que finalmente llegan a aceptar su nueva situación tras la ruptura, Sentimientos de fracaso, soledad, tristeza e incluso ira son tan solo algunas de las emociones que recorren a las personas mientras intentan asimilar un cambio no siempre deseado, y recomponer su vida para salir adelante. Para esa etapa posterior a la ruptura, la revista La Raza recomienda siete consejos que ayudan a lidiar con las dificultades que conlleva un divorcio y a preparase para el futuro:

Tomarse tiempo para vivir el duelo. Todas las personas reaccionamos de diferente manera ante la pérdida de una relación. Ser paciente con uno mismo y darse tiempo para experimentar y aceptar todas las emociones que se despiertan en este periodo de duelo es clave para poder cerrar un capítulo en la vida y estar preparado para el siguiente.

Reforzar la autoestima. Casi todo divorcio pasa factura a nuestra autoestima. La pérdida de la persona amada y una posible sensación de fracaso traen consigo la percepción de haber perdido valor. En la etapa tras la ruptura es imprescindible crearse una imagen positiva de sí mismo y de las propias posibilidades, trabajarse la autoestima, marcarse pequeños y grandes objetivos y congratularse cada vez que se alcanzan.

Fijar límites claros. Tras un divorcio es posible que se necesite seguir teniendo una relación con la ex pareja, por ejemplo cuando se tienen hijos en común. En estos casos es importante centrarse en el asunto que tienen que tratar y en comunicar claros límites para la relación que perdura.

Cuidar el propio bienestar. En un momento que genera estrés en diversos aspectos como es en la etapa del divorcio, es importante mantenerse atento y cuidarse, alimentarse bien, buscar momentos de tranquilidad y recogimiento, así como oportunidades de conectar con gente, También se recomienda reconectar o descubrir aquellos talentos que tenemos guardados o que han estado dormidos durante la etapa anterior a la ruptura.

Desarrollar una red social. En la etapa tras la separación o divorcio se necesita del apoyo de familiares y amigos que nos acompañen cuando sentimos tristeza o enfado. También un grupo de ayuda puede ser de ayuda.

Consultar a profesionales. Es posible durante y después de una ruptura se necesite el asesoramiento de profesionales para superar la etapa de transición hacia una nueva vida y para crear nuevas relaciones. Una terapia podría ser de ayuda en estos momentos para centrarnos, planificar el futuro y salir adelante.

http://www.feriadeldivorcio.com/2012/11/16/seis-consejos-para-superar-un-divorcio/

Divorcios de parejas del mismo sexo crece cada año

A pesar de que el número de matrimonios no ha presentado grandes cambios desde 2007, el de divorcios ha crecido cada año.

Desde que entró en vigor la Ley de Matrimonio Homosexual tras la reforma del Código Civil en el verano de 2005, el número de matrimonios celebrados anualmente en España se ha mantenido constante, contándose una media de entre 3.000 y 4.000 enlaces. Y es que entre el año 2007, cuando se registraron 3.193 bodas, y el 2010, la cifra apenas varió, hasta llegar al año pasado, 2011, periodo en el cual se celebraron un total de 3.880 matrimonios homosexuales. En total, desde la reforma el número total de este tipo de matrimonios ha sido de 22.124 .

Sin embargo, la cantidad de parejas que desde entonces se ha venido rompiendo cada año se ha visto incrementada. De acuerdo con La Información, el número de divorcios, separaciones y nulidades ha crecido desde 2007, primer año que el INE tiene registro de este dato, pasando de ser 59 en dicho año a 116 en 2008, 158 en 2009, 245 en 2010 y 319 en 2011.

http://www.feriadeldivorcio.com/2012/11/07/divorcios-de-parejas-del-mismo-sexo-crece-cada-ano/

Los cuatro Caballeros del Apocalipsis del divorcio

De acuerdo a las investigaciones del Dr. John Gottman hay cuatro aspectos en una relación que la condenan al fracaso y finalmente al divorcio.

El Dr. John Gottman es un reconocidísimo terapeuta y científico en el ámbito de las relaciones de pareja que, según se puede leer, tan solo necesita cinco minutos para determinar, con una probabilidad de acierto del 91%, si una pareja acabará tomando el paso del divorcio o no.

Dedicado toda su vida al estudio y la investigación de los matrimonios y a desarrollar terapias de pareja, afirma que son cuatro las señales que pronostican que una pareja está a punto de divorciarse y que el especialista nombra como “The Four Horsemen”, los cuatro Caballeros del Apocalipsis. Se trata de los siguientes cuatro tipos de comunicación que pueden aniquilar cualquier relación de pareja:

La crítica. Son los ataques hacia la personalidad o el carácter de la otra persona, habitualmente con la intención de que uno tenga la razón y la otra persona esté equivocada, haciendo generalizaciones del tipo de “Tú siempre/nunca…” o “Eres el tipo de persona que…”.

El desprecio. Cuando se ataca la integridad de la otra persona con la intención de insultarle o de abusar psicológicamente del otro. Puede ser con insultos y palabrotas, o utilizando un humor hostil, o sarcasmo o la burla; o incluso con la expresión corporal y el tono de voz.

Actitud defensiva. Se constata cuando las personas se perciben a sí mismas como una víctima, protegiéndose de lo que perciben como un ataque. Se expresa por ejemplo en forma de excusas que evitan la responsabilidad sobre cosas ocurridas, o respondiendo a una queja de la pareja con otra queja, sin escucharle, o repitiéndose sin prestarle verdadera atención a lo que la otra persona tiene que decir.

El cerrarse ante la otra persona. Ocurre cuando las personas se retiran de la relación como una forma de evitar el conflicto. Los miembros de la pareja pueden pensar que con comportamientos como mantener el silencio, cambiar de tema o retirarse físicamente en un desencuentro están tratando de ser “neutrales”, pero en realidad lo que consiguen es transmitir desaprobación, una distancia helada, y desconexión del otro miembro de la pareja.

Toda persona que se identifique con esta forma de comunicación con su pareja tiene varias opciones, desde aceptar que ya la pareja no tiene sentido y optar por el divorcio, hasta asumir la situación y entregarse conjuntamente a reparar la situación, entre otras cosas aprendiendo una comunicación más consciente y acertada. Y es que, según Business Insider, no son las diferencias la que hacen que un matrimonio se rompa, sino su forma de lidiar con ellas.

http://www.feriadeldivorcio.com/2012/10/31/los-cuatro-caballeros-del-apocalipsis-del-divorcio/

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón da a una divorciada la custodia en exclusiva de su hijo

Los padres están enfrentados y el niño prefiere vivir con ella

La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha ratificado la sentencia por la que la Audiencia de Zaragoza otorgó a una mujer la custodia de un hijo después de que un juzgado de Primera Instancia hubiera establecido un régimen compartido.

La resolución recuerda que la ley aragonesa obliga a aplicar la custodia compartida salvo que la individual resulte más beneficiosa para los hijos o los padres no estén capacitados para aplicar el régimen general. En este caso, la psicóloga y la trabajadora social rechazaron aplicar la figura general «por la falta de entendimiento y colaboración entre ambos progenitores». Y el niño, de nueve años, prefiere estar con su madre.

También destacaron que el niño, ante el enfrentamiento de sus padres, ha «desarrollado determinadas estrategias para contentar a los dos, evitando incluso encuentros entre ambos para sustraerlos de conflictos y disputas». Y recomendaron al padre que se pusiera en tratamiento ante la «inestabilidad, malestar emocional y elevada ansiedad» que presentaba.

Por otro lado, el TSJA ha otorgado a un matrimonio divorciado la custodia compartida de su hijo por periodos de dos semanas. Un juzgado y la Audiencia de Teruel se la habían concedido en exclusiva a la madre, aunque, en ambos casos, sin recoger «circunstancia alguna, concurrente en el padre, que permita apreciar inidoneidad» para «obviar el criterio preferente de la ley».

Condenado a pagar cerca de 30.000€ y a seis meses de cárcel por no abonar la pensión a su hija

Un padre que desatendió su responsabilidad de pagar los 300€ mensuales de pensión de alimentos, ha sido condenado por un juzgado de lo Penal de Ferrol.

Un padre que, después de su divorcio en el año 2004 tan solo cumplió con el pago de la pensión de alimentos entre octubre del 2006 y febrero del 2007, ha sido condenado por un juzgado de lo Penal de Ferrol a seis meses de cárcel.

Tras la ruptura de su ex esposa, el padre debería haber abonado 300€ mensuales en concepto de pensión alimenticia para su hija menor en una sucursal de Fene. Ante el impago de la mayor parte de las pensiones, la madre y exmujer denunció en marzo del 2009 al citado progenitor, el cual alegó, según informa La Voz de Galicia, que se vio “ahogado en deudas” tras el fallecimiento de su padre y el cierre de la empresa que tenía.

La jueza afirma que él mismo declaró que en el 2005 compró una casa para la que solicitó un préstamo, y que un vehículo con el que se le vio conduciendo en el 2009 con el anagrama de la empresa indicada, no era suyo. No obstante, existen unas grabaciones de sus movimientos, por lo que la jueza descarta que su versión sea cierta y le condena por un delito de abandono de familia a la pena de cárcel, más el pago de los cerca de 30.000 euros nunca abonados.

http://www.feriadeldivorcio.com/2012/10/11/condenado-a-pagar-cerca-de-30-000e-y-a-seis-meses-de-carcel-por-no-abonar-la-pension-a-su-hija/

En Aragón se otorga a una divorciada la custodia en exclusiva por voluntad de su hijo

La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha ratificado la sentencia por la que la Audiencia de Zaragoza otorgó a una mujer la custodia de un hijo después de que un juzgado de Primera Instancia hubiera establecido un régimen compartido.

La resolución recuerda que la ley aragonesa obliga a aplicar la custodia compartida salvo que la individual resulte más beneficiosa para los hijos o los padres no estén capacitados para aplicar el régimen general. En este caso, la psicóloga y la trabajadora social rechazaron aplicar la figura general «por la falta de entendimiento y colaboración entre ambos progenitores». Y el niño, de nueve años, prefiere estar con su madre.

También destacaron que el niño, ante el enfrentamiento de sus padres, ha «desarrollado determinadas estrategias para contentar a los dos, evitando incluso encuentros entre ambos para sustraerlos de conflictos y disputas». Y recomendaron al padre que se pusiera en tratamiento ante la «inestabilidad, malestar emocional y elevada ansiedad» que presentaba.

Por otro lado, el TSJA ha otorgado a un matrimonio divorciado la custodia compartida de su hijo por periodos de dos semanas. Un juzgado y la Audiencia de Teruel se la habían concedido en exclusiva a la madre, aunque, en ambos casos, sin recoger «circunstancia alguna, concurrente en el padre, que permita apreciar inidoneidad» para «obviar el criterio preferente de la ley».